El Consejo Federal Pesquero de Argentina fija en 277.200 toneladas la captura total permitida de anchoíta y caballa para 2026, solo 1.000 toneladas más que el año anterior
El Consejo Federal Pesquero de Argentina aprobó por unanimidad el 5 de noviembre la Resolución 15/2026, que establece en 277.200 toneladas la captura máxima permisible conjunta de anchoíta y caballa para 2026, 1.000 toneladas más que el año anterior, incremento que corresponde en su totalidad al stock sur de anchoíta.
El Consejo Federal Pesquero (CFP) de Argentina aprobó por unanimidad el jueves 5 de noviembre la Resolución 15/2026, que fija la captura máxima permisible (CMP) de anchoíta (Engraulis anchoita) y caballa (Scomber colias) para 2026 en un total de 277.200 toneladas. Este total representa solo 1.000 toneladas más que el año anterior, y el incremento se concentra íntegramente en el stock sur de anchoíta.
Según la resolución, las capturas permisibles de los cuatro stocks corresponden al período anual del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026. La anchoíta suma 225.000 toneladas, de las cuales 120.000 toneladas corresponden al stock al norte de los 41° de latitud sur y 105.000 toneladas al stock al sur; la caballa suma 52.200 toneladas, de las cuales 14.200 toneladas corresponden al stock al norte de los 39° de latitud sur y 38.000 toneladas al sur.
La base científica proviene de tres informes técnicos oficiales del Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero (INIDEP) de Argentina, así como de una recomendación específica para la caballa del norte. La evaluación distingue entre los stocks con indicadores biológicos favorables y espacio disponible aún superior a la captura comercial, y aquellos con información limitada en los que debe mantenerse un criterio precautorio.
Anchoíta: se mantiene el límite en el norte y se ajusta ligeramente al alza en el sur
El Informe Técnico Oficial 30/2026 examinó la evolución del stock norte de anchoíta entre 1990 y 2025 mediante un modelo estadístico de capturas por edad, combinado con estimaciones de abundancia obtenidas en campañas de investigación. Los resultados describen un estado saludable del stock, con fluctuaciones interanuales moderadas de la biomasa, lo que respalda el mantenimiento del límite de 120.000 toneladas.
En cuanto al stock sur, el Informe Técnico Oficial 32/2026 identificó una mortalidad por pesca muy baja y una biomasa reproductiva superior tanto al punto de referencia biológico objetivo como al punto de referencia límite. Esta situación respalda el establecimiento de 105.000 toneladas para 2026, frente a las 104.000 toneladas autorizadas en 2025.
La función de la anchoíta en la cadena alimentaria marina otorga relevancia a esta diferencia. Su abundancia sostiene las poblaciones de peces depredadores y de otras especies del ecosistema, por lo que la recomendación científica incorpora criterios de conservación junto con las posibilidades de explotación pesquera.
Caballa: margen biológico en el sur y criterio prudente en el norte
La evaluación de la caballa presenta dos situaciones. Para el stock al sur de los 39° de latitud sur, el Informe Técnico Oficial 31/2026 empleó un modelo de población estructurado por edad, ajustado con datos del período 1990-2025. Las proyecciones para distintos niveles de captura determinaron una situación de subexplotación, que constituye la base de la recomendación de 38.000 toneladas.
En el norte, donde opera principalmente la flota de puerto o estuarial con base en Mar del Plata, la situación requiere un tratamiento diferente. Las campañas científicas aún carecen de estimaciones de abundancia suficientes para ajustar modelos de dinámica poblacional. El INIDEP, mediante la Nota DNI 113/2026, recomendó mantener el límite precautorio de 14.200 toneladas.
El organismo también señaló que el desarrollo de esta pesquería está estrechamente vinculado a la demanda de la industria conservera. La demanda comercial incide directamente en los niveles de captura y dificulta el uso de los desembarques como indicador de la abundancia disponible.
La brecha entre la disponibilidad del recurso y la captura efectiva
Los registros oficiales aportan una dimensión productiva al alcance de la resolución. Según las estadísticas de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, en 2025 los desembarques argentinos de anchoíta ascendieron a 7.192,1 toneladas y los de caballa a 8.133,3 toneladas, incluyendo en ambos casos los stocks norte y sur de cada especie. Ambos resultados se sitúan muy por debajo de sus respectivas capturas máximas.
En el caso de la caballa, la actividad de 2026 muestra un marcado descenso. Un relevamiento publicado por Pescare en octubre registró desembarques de 418,1 toneladas entre enero y septiembre, frente a 1.751,2 toneladas en el mismo período de 2025. La caída del 76,1% se relaciona principalmente con la dificultad para localizar concentraciones comerciales de peces en El Rincón y con las interrupciones de la actividad provocadas por las condiciones meteorológicas.
Este contexto permite distinguir dos variables de la actividad pesquera: la cantidad que puede capturarse bajo los criterios de conservación y la cantidad que efectivamente llega a puerto. La primera depende de la evaluación y la gestión del recurso; la segunda involucra la posibilidad de localizar los cardúmenes, los costos operativos de los buques y la demanda de las plantas procesadoras.
El CFP busca definir por anticipado los límites de 2027
La decisión adoptada en noviembre también deja un arreglo administrativo para el próximo año de actividad. Según el Acta de Reunión del CFP 29/2026, el organismo acordó solicitar al INIDEP recomendaciones de captura precautorias para los cuatro stocks, a fin de contar con valores aplicables desde principios de 2027.
Este requerimiento es relevante porque los límites de 2026 se aprobaron cuando el año de actividad estaba próximo a su fin. El mecanismo establecido permitirá contar inicialmente con valores de referencia precautorios y actualizar las cifras a medida que avance la evaluación científica.
La Resolución 15/2026 reserva expresamente la facultad del CFP de revisar, complementar o modificar las capturas autorizadas sobre la base de nuevas recomendaciones técnicas.
Los límites de 2026 ya están definidos. Para 2027, la siguiente etapa será la recepción de las recomendaciones del INIDEP y su consideración por parte del Consejo Federal Pesquero.

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