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El regulador bursátil de la India (SEBI) introduce un medidor cromático de riesgo crediticio para valores de deuda, que entrará en vigor en 45 días

La Junta de Valores y Bolsa de la India (SEBI) publicó un aviso el 7 de octubre en el que introduce un medidor cromático obligatorio de riesgo crediticio para valores de deuda, que asigna las calificaciones crediticias de AAA a D a seis niveles de riesgo, exige a los emisores y a las plataformas de bonos en línea divulgarlo en sus documentos y entrará en vigor oficialmente en 45 días.

La Junta de Valores y Bolsa de la India (SEBI) publicó el miércoles (7 de octubre de 2026) un aviso en el que introduce un medidor cromático obligatorio de riesgo crediticio (credit risk-o-meter) para valores de deuda, con el fin de ayudar a los inversores a evaluar el riesgo crediticio antes de invertir.

Según el aviso de la SEBI, este medidor de riesgo crediticio deberá aparecer en el documento de oferta del emisor, el prospecto abreviado, el memorando de colocación privada, la publicidad, así como en los sitios web y plataformas móviles de los proveedores de plataformas de bonos en línea (OBPP) y de los propios OBPP.

El marco se aplicará a todos los valores no convertibles cotizados y previstos para cotizar, los pagarés comerciales, los instrumentos de deuda titulizados, los valores garantizados y los bonos de deuda estructurada/vinculados al mercado, independientemente de que se emitan mediante oferta pública o colocación privada.

En cuanto a la clasificación de niveles de riesgo, las calificaciones crediticias existentes de la SEBI, de AAA a D, se asignarán a seis niveles de riesgo, cada uno representado por un color. La SEBI indicó que los valores con calificación AAA se clasifican como de riesgo crediticio más bajo, seguidos sucesivamente por muy bajo, bajo, medio, medio de incumplimiento y alto a muy alto de incumplimiento, correspondiendo a calificaciones descendentes hasta D. El esquema de codificación por colores se aplicará a todos los materiales promocionales impresos en formato digital y en color de determinados valores de deuda.

En materia de divulgación de información, los emisores y los OBPP también deberán divulgar en forma de texto, debajo del medidor de riesgo, el nombre de la agencia calificadora de crédito (CRA) y la calificación crediticia real del valor de deuda correspondiente. Para los instrumentos de deuda no garantizados, la palabra «unsecured» (no garantizado) deberá mostrarse en texto rojo en negrita. La SEBI señaló que, cuando un valor de deuda cuente con calificaciones de varias agencias calificadoras de crédito, el medidor de riesgo crediticio reflejará la calificación más baja, aunque podrán divulgarse todas las calificaciones.

La SEBI señaló que el medidor representa únicamente el riesgo crediticio asociado al valor de deuda y no constituye asesoramiento ni recomendación de inversión. La inversión en deuda también conlleva riesgos de mercado y de liquidez.

En cuanto al mecanismo de actualización, los OBPP deberán actualizar cualquier cambio en el medidor dentro de las 24 horas siguientes a la recepción de la notificación de cambio de calificación de NSDL o CDSL. Se prohibirá la modificación manual de la clasificación y las plataformas deberán conservar una pista de auditoría de los cambios de calificación y de las actualizaciones del medidor.

La SEBI indicó que las disposiciones de este aviso entrarán en vigor 45 días después de la fecha de su publicación.